Trámite de audiencia para los requisitos de aeronavegabilidad de ULMs

El título completo del proyecto es:

Proyecto de Orden por la que se establecen los requisitos esenciales de aeronavegabilidad de las aeronaves ultraligeras motorizadas (ULM) y por la que se modifica la Orden de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba un nuevo reglamento para la construcción de aeronaves por aficionados y siguiendo el enlace podrás descargártelo y participar en el trámite.

Este proyecto trata fundamentalmente la Aeronavegabilidad de los aviones ultraligeros motorizados (ULM) “Certificados” como complemento del Real Decreto (RD) 765/2022, de 20 de septiembre sobre el uso de ULMs; incluye como disposición adicional el procedimiento autodeclarativo de revisión de aeronavegabilidad que AESA instauró en mayo para los aviones de construccion por aficionados.

Para quienes tuvieseis previsto diseñar un avión para luego fabricarlo y venderlo, este es el texto que os aplicará; también para quienes tengáis un ULM “Certificado” con sobrepeso.

Parece que introduce mejoras respecto a lo que había, pero no siendo los aviones “Certificados” el objeto de nuestra asociación, dejaré que otros colectivos desarrollen sus comentarios.

Si voy a subrayar los párrafos 3º y 5º del texto, que abiertamente declara acercar los ULM a los requisitos exigidos a las “Avionetas” ligeras (que llaman de Aviación General). Aceptar como ULM aviones con mejores prestaciones y equipamiento, y más pesados, lleva ineludiblemente a “adaptar” los requisitos. Aquí tratamos de aeronavegabilidad, del avión, pero más adelante saldrá el proyecto para “licencias”, de los pilotos, y entonces veremos cómo se presenta.

En cuanto a la construcción por aficionados, este proyecto se limita a modificar la Orden de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba un nuevo Reglamento para la construcción de aeronaves por aficionados en su “Artículo 15. Concesión y validez del Certificado de Aeronavegabilidad Restringido.”, introduciendo el ya conocido procedimiento de renovación de aeronavegabilidad autodeclarativo con sus plazos asociados.

 

Enrique Cueto

AAE_1035 y Presi

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